CONDICIONES VENTA IMPRESORAS

CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACION

  1. RESPONSABLE PÁGINA WEB

El titular y responsable de ésta página web es la Federación Nacional de Receptores Mixtos (en adelante, “FENAMIX” o la “FEDERACIÓN”), con domicilio social en C/ Virgen de la Fuensanta, 4. Bajo-B Sevilla, y N.I.F. nº G- 31723604; y su empresa gestora Gestora Comercial de los Mixtos, S.L.U (en adelante, “GECOMIX”), con domicilio social en c/ Virgen de la Fuensanta, 4. Bajo-B Sevilla, y N.I.F. nº B-31706807.

  1. OBJETO

Las presentes condiciones generales de la contratación (o “condiciones generales”) tienen por objeto establecer los términos y condiciones de la contratación, a través de la página web www.fenamix.org, de los productos y servicios que se señalan en el presente clausulado. Dichas condiciones generales regulan las relaciones entre FENAMIX, a través de su entidad mercantil de gestión GECOMIX; IGT Spain Lottery, SLU (en adelante, “IGT” o “Fabricante”), la empresa adjudicataria y distribuidora de estos productos y servicios; y los establecimientos adheridos a la red comercial de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

Los productos y servicios objeto de contratación son: (I) el suministro de impresoras expendedoras de resguardos de la Lotería Nacional que irán conectadas a los terminales de juego instalados en los puntos de venta de los Clientes, (III) el servicio de mantenimiento de estas impresoras, y (III) los servicios del denominado Plan Renove.

Las presentes Condiciones Generales de la Contratación traen causa, por un lado, del acuerdo suscrito entre IGT y SELAE con fecha 23 de Noviembre de 2015, en virtud del cual se establecieron los términos y condiciones aplicables al suministro de impresoras a los puntos de venta de la Red Comercial de SELAE por parte de IGT (“Acuerdo Marco”); y por otro lado, de la labor de intermediación efectuada por parte de FENAMIX –a través de su entidad de gestión GECOMIX- en la compra y distribución de estas impresoras entre la empresa distribuidora y los puntos de ventas, en aras de asesorar y agilizar todo el trámite a los despachos Receptores Mixtos que forman parte del colectivo de la citada Federación.

Todas las contrataciones efectuadas por los Clientes en la página web conllevará el conocimiento y la aceptación de las presentes Condiciones Generales de la Contratación.

  1. IMPRESORAS

Dentro del embalaje de la impresora será suministrado el correspondiente manual de usuario, facilitado por IGT, con instrucciones para la correcta instalación, conexión a los terminales de SELAE, puesta en funcionamiento, operación, recarga de papel y mantenimiento de la impresora por el Cliente, así como la documentación técnica descriptiva de las características y especificaciones de la misma.

La empresa distribuidora (IGT) garantiza a los clientes el correcto funcionamiento y la interoperabilidad de la impresora con los actuales sistemas y software de SELAE.

  1. TRÁMITE DE CONTRATACIÓN

Cumplimentación del formulario de pedido: El Cliente deberá cumplimentar debidamente la Hoja/Formulario de pedido, especificando sus datos de facturación y de envío. El comprador deberá aceptar –marcando la casilla correspondiente- las presentes Condiciones Generales de la Contratación.

Pago del precio: En dicha Hoja/Formulario de pedido, se indicará los datos bancarios para realizar el ingreso del importe correspondiente según la contratación efectuada. En caso contrario, no se perfeccionará el pedido.

Perfección del Pedido/ Recepción de Factura: Tras realizar el ingreso, se perfeccionará el pedido y correrá el plazo de entrega estipulado en las presentes Condiciones Generales. En los próximos días, el Cliente recibirá en el correo electrónico marcado en la Hoja/Formulario de pedido la factura correspondiente a su compra.

  1. PRECIO

El precio de la impresora indicado en la hoja/formulario de pedido incluye toda clase de cargas, gravámenes, tasas y arbitrios presentes y futuros, a excepción: (i)del Impuesto sobre el Valor Añadido (“IVA”), que, en su caso, figurará por separado como partida independiente y que deberá ser satisfecho, junto con el precio de la Impresora, por el Cliente y (ii) del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla (“IPSI”), y del Impuesto General Indirecto Canario (“IGIC”), los cuales deberán ser satisfechos, junto con el precio de la Impresora, por el Cliente quien tendrá la consideración de importador de la Impresora y sujeto pasivo de los mismos de acuerdo con lo señalado en el artículo 13 de la Ley 8/1991, de 25 de marzo, por la que se aprueba el Arbitrio sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla y en el artículo 21 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, respectivamente

El precio reflejado en la compra incluye el servicio de mantenimiento reflejado en la cláusula 7 (compra con dos años de mantenimiento).

Una vez acabado el periodo de mantenimiento contratado según la opción elegida por el comprador en su hoja/formulario de pedido, y para los años sucesivos, el comprador queda obligado –siempre que la impresora esté conectada al terminal de SELAE- a satisfacer en concepto de precio de los referidos servicios de mantenimiento la cantidad de ciento veinte euros (120,00€) anuales, incrementada en los impuestos que le resulten aplicables en cada momento. Las citadas cantidades deberán ser abonadas a la empresa fabricante de estas impresoras (IGT), en la forma y condiciones que ésta establezca. A estos efectos, tres (3) meses antes a la finalización del último año de mantenimiento contratado o de cualquiera de los sucesivos periodos anuales, el cliente recibirá un correo electrónico de IGT informándole de la renovación de la contratación de los citados servicios de mantenimiento.

  1. ENTREGA

Las impresoras adquiridas se entregarán, a través de mensajería, en la dirección señalada por el comprador en su Hoja/Formulario de pedido en un plazo máximo de quince (15) días laborales, contados desde el siguiente día hábil a la fecha del ingreso bancario. El trámite de entrega se llevará a cabo por IGT, la empresa distribuidora, bajo su propio riesgo y responsabilidad. En caso de incumplimiento, el comprador podrá aplicar la penalización prevista en el Acuerdo Marco.

  1. SERVICIOS DE MANTENIMIENTO

La compra de la impresora y su conexión al terminal de SELAE, conlleva la contratación del servicio de Mantenimiento desde la firma del Acuerdo Marco entre SELAE y la empresa fabricante.

Estos servicios de mantenimiento se prestarán, en todo caso, por el servicio técnico de IGT, y tendrán por objeto la resolución de cualquier incidencia relativa al HARDWARE y/o SOFTWARE que no permita o impida el normal funcionamiento de la Impresora de acuerdo con la finalidad a la que está destinada, no contemplándose en ningún caso aquellas que se deriven de una negligencia o un uso inadecuado de la misma, o por roturas o averías imputables a terceros o casos de fuerza mayor. La comunicación de la avería se realizará ante el Servicio Técnico de IGT, cuyos datos de contacto se pondrá a disposición del comprador en el momento de la entrega del producto

En caso de que la incidencia no pueda ser resuelta por el Servicio de Atención al Cliente de IGT, se atenderá la incidencia in situ en el plazo máximo del siguiente día hábil al de la comunicación de la incidencia. Si la reparación no pudiera ser llevada a cabo in situ, el Fabricante se compromete a proporcionar una Impresora de sustitución al comprador durante el periodo de reparación. Si la impresora no puede ser reparada, el Fabricante se compromete a sustituirla por otra. La reparación o, en su caso, sustitución de la impresora no conllevará gasto alguno para el Cliente, de suerte que serán a cargo de IGT aquellos costes que se generen relativos a la sustitución de elementos, o relativos al desplazamiento/transporte. Por otro lado, no estarán cubiertos en el precio de los servicios de mantenimiento aquellas incidencias causadas por: (a) Uso, manipulación o conexión inapropiada; (b) Funcionamiento de la impresora en condiciones ambiente distintas a las especificadas por IGT; (c) Modificaciones del Hardware no realizadas o no autorizadas por el Fabricante; (d) Software informático malintencionado; (e) Fuerza Mayor; (f) Mantenimiento o reparación no autorizada; (g) Negligencia, accidente, pérdida o daño durante el transporte de la Impresora por parte del Cliente; (h) Inadecuada preparación del lugar de instalación; (i) Inobservancia de las instrucciones incluidas en el manual de usuario. Los servicios de mantenimiento prestados por IGT que traigan por causa las incidencias antes mencionadas, serán facturados por separados.

  1. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

El Fabricante otorga al comprador de la impresora una licencia de uso, con carácter no exclusivo, transferible, perpetua y sin limitación territorial alguna sobre el Software con la finalidad del correcto uso de dicha impresora, reconociendo expresamente el comprador la titularidad de IGT sobre el Software licenciado. Asimismo, IGT garantiza que el uso del Software, así como la cesión de derechos otorgada, no vulneran previsión legal o contractual alguna, ni en modo alguno constituye competencia desleal, manteniendo al Cliente indemne de cuantas consecuencias se deriven del incumplimiento de la referida garantía.

  1. INTEGRACIÓN

La nulidad total o parcial de alguna o varias de las condiciones generales de este contrato, no conllevará la del restante clausulado, que será plenamente eficaz y válido.

  1. FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable de la falta o retraso en la ejecución de sus respectivas obligaciones si dicho incumplimiento estuviese motivado por causas de Fuerza Mayor. Se entenderán causas de Fuerza Mayor a estos efectos, las previstas en el Art. 1.105 del Código Civil.

  1. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

El comprador presta su consentimiento a que sus datos personales sean incluidos en los ficheros automatizados gestionados por GECOMIX, SLU y la FEDERACION NACIONAL DE RECEPTORES MIXTOS (FENAMIX), de conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y demás normativa que resulte aplicable, así como la cesión de dichos datos a IGT y sus servicios técnicos, a fin de prestarle los servicios de postventa, garantías y mantenimientos contratados. El comprador puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, ante GECOMIX/FENAMIX c/Virgen de la Fuensanta, 4 bajo B -41011 SEVILLA- Tlf. 954990554- mail: secretaria@fenamix.org.

  1. ARBITRAJE Y FUERO

Las partes se someterán a arbitraje obligatorio, para cualquier cuestión o divergencia que se suscite en la interpretación, cumplimiento o ejecución de este contrato, antes de someterse a los Juzgados y Tribunales del domicilio del comprador.