Son abundantes los casos que llegan a la asesoría jurídica de FENAMIX y que versan sobre incidencias relativas a las transmisiones y cambios de emplazamiento de nuestros puntos Mixtos. Los problemas que aquí hacemos mención se desarrollan, principalmente, en dos sentidos:
– Por un lado, respecto a SELAE, no obteniéndose la preceptiva autorización al no darse cumplimiento de los requisitos/criterios imperantes para estos supuestos.
– Por otro lado, respecto a la Agencia Tributaria, al no gestionarse debidamente –desde un punto de vista fiscal- los trámites de cambios de titularidad, lo que da lugar, en muchos de los casos, a tener que abonar altas cantidades de dinero a la Hacienda Pública. En este sentido, cabe decir que las transmisiones inter-vivos de un negocio (o la conversión de persona física a sociedad) puede generar una ganancia patrimonial para el cedente a efectos de IRPF. Son muchos los compañeros mixtos que nos llaman tras recibir requerimientos o inspecciones de Hacienda por no declarar dicha ganancia patrimonial, pudiéndose evitar estos requerimientos con un correcto –y previo- asesoramiento teniendo en cuenta la normativa fiscal vigente. Al hilo de todo esto, no hay una regla general y el asesoramiento debe ser específico por punto de venta, teniendo en cuenta sus circunstancias y características concretas.
Por todo ello, rogamos a todos aquellos socios que estén interesados en transmitir la titularidad de su negocio (y/o conversión a sociedad mercantil) o que quiera trasladarlo a otro local, que lo pongan en conocimiento de nuestra Federación, en aras de ser asesorados por los profesionales especializados que forman parte de nuestra asesoría. En este sentido, la finalidad que perseguimos es la de evitar los problemas y controversias antes mencionadas y que generan numerosos quebraderos de cabeza, así como la dar celeridad y agilizar todos estos trámites dada la carga burocrática que conlleva la solicitud de las autorizaciones correspondientes ante SELAE.