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COMUNICADO EN eSTILA: NUEVOS RESGUARDOS LOTERÍA NACIONAL

on: noviembre 24, 2015
COMUNICADO EN eSTILA: NUEVOS RESGUARDOS LOTERÍA NACIONAL

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COMUNICADO MEJORAS EN EL RESGUARDO DE LOTERÍA NACIONAL POR TERMINAL

ENLACE DE DESCARGA: [download id=»27504″]

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INFORMACIÓN IMPRESORAS

on: noviembre 17, 2015
INFORMACIÓN IMPRESORAS

Estimados socios:

Con el objetivo de trasladar una completa información a todos aquellos asociados que hayan adquirido la nueva impresora IGT de Lotería Nacional, y habida cuenta de las numerosas dudas que estamos recibiendo, les comunicamos lo siguiente:

  • En cuanto a su distribución, a partir del día 23 de Noviembre se repartirán estas impresoras por todas las provincias de España.
  • En lo relativo al rollo de papel, desde FENAMIX se ha dado traslado a SELAE de toda la información de aquellos receptores que han comprado la impresora, a fin de que ésta lo remita a las distintas Delegaciones Comerciales las cuales se encargarán de la distribución del papel de la impresora.
  • Por último, respecto a su instalación, todo punto de venta, una vez recibida la impresora, tendrá que llamar al T.A.P (902 11 33 81) donde le harán una descarga en el terminal, como paso previo al inicio de las ventas efectivas.

Reciban un cordial saludo.

FENAMIX

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LISTADO DE LOTERÍA DEL NIÑO 2016 CON CANTIDAD DE SERIES

on: noviembre 16, 2015
LISTADO DE LOTERÍA DEL NIÑO 2016 CON CANTIDAD DE SERIES

Ya está disponible el Listado de la Lotería del Niño 2016 con cantidad de series.

Descargar aquí:

LISTADO LOTERÍA DEL NIÑO 2016

[download id=»27491″]

 

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PEDIDOS: IMPRESORA IGT RESGUARDO DE VENTA DE LOTERÍA NACIONAL SELAE

on: noviembre 12, 2015
PEDIDOS: IMPRESORA IGT RESGUARDO DE VENTA DE LOTERÍA NACIONAL SELAE

Ya es posible realizar el pedido a través de nuestro portal de la Impresora IGT resguardo de venta de Lotería Nacional SELAE.

HACER PEDIDO
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NUESTRA APUESTA Nº 52

on: noviembre 09, 2015
NUESTRA APUESTA Nº 52

PRESENTAMOS LA NUEVA IMPRESORA DE LOTERÍA NACIONAL A TODOS NUESTROS SOCIOS.

Ya está disponible para su descarga.

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LA NUEVA IMPRESORA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN (Periódico ABC)

on: octubre 21, 2015
LA NUEVA IMPRESORA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN (Periódico ABC)

[Consultar Fuente: ABC]

Selae y Fenamix ponen en marcha un diseño más atractivo de la Lotería electrónica para aumentar las ventas

La Lotería por terminal electrónico ha estrenado nueva imagen. Cinco años después de su implantación, este formato se renueva con unos boletos más atractivos para el consumidor, con color y el número destacado. Un nuevo diseño con el que Selae (Loterías y Apuestas del Estado) espera aumentar las ventas de la Lotería de Navidad.

Los inicios de la Lotería por terminal no fueron fáciles. Los consumidores, acostumbrados a los boletos de cartón, no aceptaron los nuevos, más parecidos a un ticket como el de la Primitiva o la Bonoloto. Este nuevo sistema permitía elegir los números de la Lotería nacional, pero solo el 2% de los mismos estaban disponibles.

Los receptores mixtos, aquellos que compaginan la venta de Lotería con otra actividad económica (un bar, un estanco…) en el mismo local, fueron los principales impulsores de esta nueva venta. Sin embargo, los resultados no fueron los esperados. «Los consumidores no entendieron en un primer momento el nuevo boleto; no lo compraban», recuerda Toni Castellano, presidente de la Asociación de Receptores Mixtos (Fenamix).

En los últimos años, la nueva fórmula ha comenzado a dar sus frutos. Las ventas en este nuevo formato se han relanzado y los clientes parecen aceptar el nuevo boleto. Aunque los números son limitados y todavía representan un porcentaje bajo de las ventas totales, cada vez más demandado.

Un formato para atraer al consumidor

Fenamix y Selae han decidido aprovechar la tendencia positiva para impulsar un formato en color y más atractivo. Desde hace pocas semanas, los resguardos por terminal pueden ser impresos en un boleto más atractivo en determinados puntos de venta.

«Con las nuevas impresoras y resguardos a color de Lotería se pretende aumentar las ventas de Lotería nacional, como respuesta a que losclientes demandan cada vez más los números a través de terminal. Por ello, la mejora en la imagen del resguardo dará un nuevo impulso a la venta», aseguran fuentes de Selae a ABC.

Con este nuevo sistema las ventas de la Lotería electrónica, incluyendo la Lotería de Navidad, están creciendo, según Loterías y Apuestas del Estado, a «ritmos importantes», aunque todavía se desconoce el impacto total de este nuevo boleto. «El nuevo formato está destinado a motivar al jugador y especialmente a la gente joven», añade Castellano.

Esta Navidad, la Lotería por terminal tendrá un nuevo diseño. Los boletos tradicionales todavía aportan más, pero con un peso cada vez más importante en las ventas, la tecnología ha añadido un toque de romanticismo a la nueva Lotería.

 

[Consultar Fuente: ABC]

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La Asociación de Receptores Mixtos de Valladolid celebra su Asamblea General de Socios

on: octubre 15, 2015

El pasado día 15 de Octubre de 2015, en los salones del centro cívico “LA PILARICA”, tuvo lugar la celebración de sesión ordinaria de la Asamblea General de la Asociación de Receptores Mixtos de la provincia de Valladolid.  Dicho encuentro fue conducido por D. Fernando Galindo, Presidente de la Junta Directiva de la Asociación, y contó con la asistencia del Presidente de FENAMIX, D. Juan Antonio Castellano.

La temática fundamental de este evento giraba en torno a la presentación de la nueva impresora expendedora de los novedosos y mejorados resguardos de la Lotería Nacional. En este sentido, se trasladó a los presentes una completa y detallada información sobre el procedimiento de implantación e instalación de la misma, así como su servicio de mantenimiento y precio.

Todos los compañeros de la provincia de Valladolid estaban expectantes ante tan significante avance para los intereses del colectivo mixto, pues la nueva impresora dotaría de una gran mejora en la imagen y en el atractivo del resguardo de un sorteo de gran tradición en España como la Lotería Nacional.

Además, y dando cumplimiento a uno de los puntos del orden del día, se procedió a una reorganización de la Junta Directiva de la Asociación, quedando la misma formada por las personas –con sus respectivos cargos- que a continuación se detallan: 

  • Presidente: D. Fernando Galindo Álvarez
  • Vicepresidente: Dª Susana Gacituaga Azpiza
  • Secretaria/Tesorera: Dª. María del Carmen Lino Pascual
  • Vocal: D. José M. González Quintana

Por último, se abrió un turno de sugerencias y preguntas donde se plantearon y debatieron diversos temas de gran interés, al objeto de que los mismos fueran trasladados a la Junta Directiva de FENAMIX.

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ACTUALIZADO LISTADO DE NAVIDAD CON CANTIDAD DE SERIES

on: octubre 08, 2015
ACTUALIZADO LISTADO DE NAVIDAD CON CANTIDAD DE SERIES

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NUESTRA APUESTA Nº 51

on: octubre 08, 2015
NUESTRA APUESTA Nº 51

Nuestra Apuesta Nº 51

Septiembre 2015

Ya disponible para su descarga.

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COMIENZAN LAS VENTAS DE LOTERÍA NACIONAL POR TERMINAL EN MADRID

on: septiembre 28, 2015
COMIENZAN LAS VENTAS DE LOTERÍA NACIONAL POR TERMINAL EN MADRID

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Desde el pasado 14 de febrero de 2.012, cuando FENAMIX presentó ante Loterías y Apuestas del Estado una propuesta de mejora para la venta de Lotería Nacional por terminal, en la que pretendíamos lograr un mayor atractivo y una mejor visibilidad al actual resguardo, no hemos dejado de trabajar duro un sólo instante. El sacrificio y la constancia ha imperado en la filosofía de nuestra Federación durante todo este tiempo.

Por todo ello, hoy día 28 de septiembre de 2.015, es una fecha de vital importancia para todos nosotros. Hoy comienza en Madrid la prueba piloto, con ventas efectivas, de la nueva impresora que expenderá el novedoso formato de Lotería Nacional por el que tanto hemos luchado.

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COMUNICADO: MEJORAS EN EL RESGUARDO DE LOTERÍA NACIONAL POR TERMINAL

on: septiembre 25, 2015
COMUNICADO: MEJORAS EN EL RESGUARDO DE LOTERÍA NACIONAL POR TERMINAL

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Estimados colaboradores,
Loterías y Apuestas del Estado, para dar respuesta a la creciente demanda de los clientes, decidió acometer un proyecto consistente en la mejora del resguardo de Lotería Nacional impreso por el terminal.
Como última fase de este proyecto, se va a realizar una prueba piloto en un número limitado de puntos de venta a partir del día 28 de septiembre de 2015. Por tanto, desde ese día se pondrán en circulación los nuevos resguardos que, en caso de resultar ganadores, se podrán presentar al cobro en su establecimiento.

Anverso

Resguardo_Loteria_Nacional_Terminal

Reverso

Resguardo_Loteria_Nacional_Terminal r

Para imprimir este resguardo se necesita una impresora distinta y un papel en cuyo anverso vendrá estampada una vitola por resguardo que contendrá toda la información gráfica común y, sobre ella, se realizará la impresión de los datos específicos de cada resguardo de Lotería Nacional.
En cualquier caso, todos los puntos de venta en los que se presente al cobro un resguardo de este tipo deben darle el mismo tratamiento que a los resguardos actuales a la hora de hacer efectivos los premios correspondientes, en su caso.
Para cualquier información adicional puede dirigirse al Teléfono de Asistencia Permanente (TAP) 902 11 33 81.
Agradecemos su colaboración y aprovechamos para enviarle un cordial saludo.

Madrid 24 de septiembre de 2015

EL DIRECTOR DE OPERACIONES DE JUEGO
Jesús Mayoral Amaro

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VENTA IMPRESORA LOTERÍA NACIONAL

on: septiembre 15, 2015
VENTA IMPRESORA LOTERÍA NACIONAL

Estimado Socio:

Desde la Federación Nacional de Receptores Mixtos (FENAMIX) se procederá, en las próximas semana, a la presentación en su provincia de la nueva impresora que, conectada al terminal de SELAE, emitirá el nuevo resguardo de la Lotería Nacional, cuya imagen puedes visualizar al inicio de este correo.

Los costes de adquisición de dicha impresora para su instalación en el canal de venta de SELAE es por cuenta del Punto de Venta, ya que no es una herramienta obligatoria para la venta de la Lotería Nacional, pero estamos seguro de que su implantación supondrá una mejora en las ventas de este producto.

FENAMIX, ha creído conveniente intervenir en el proceso de compra y distribución de la impresora, interactuando con la empresa adjudicataria de la misma por SELAE, para garantizar la logística de suministro de la impresora y su instalación, lo antes posible, en los puntos interesados.

Precio de compra: 415,00 € + IVA, incluido el 1º y 2º año de mantenimiento obligatorio.
Precio mantenimiento obligatorio 3º y 4º año: 240,00 € + IVA.
Financiamos la compra a 10 meses, sin intereses.

SI ESTAS INTERESADO EN LA COMPRA DE ESTA IMPRESORA, ESCRÍBENOS A ESTE EMAIL, INDICANDO:

NOMBRE Y APELLIDOS
Nº RECEPTOR
PROVINCIA
TELÉFONO

¡TE LLAMAREMOS E INFORMAREMOS, PERSONALMENTE, DE TODO LO QUE QUIERES SABER!

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NUESTRA APUESTA Nº 50

on: septiembre 03, 2015
NUESTRA APUESTA Nº 50

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Lotería de Navidad: Listado actualizado con cantidad de series

on: agosto 28, 2015
Lotería de Navidad: Listado actualizado con cantidad de series

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INFORME JURÍDICO: TRANSMISIÓN DE TITULARIDAD

on: agosto 28, 2015
INFORME JURÍDICO: TRANSMISIÓN DE TITULARIDAD

INFORME JURÍDICO

 

TRANSMISIÓN TITULARIDAD

Con la entrada del régimen privado-mercantil en la reglamentación de los distintos puntos de venta Mixtos de la red comercial de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), se otorga al gestor-receptor mixto el derecho a transmitir libremente su negocio a cualquier persona, tanto física como jurídica (sociedad).

Este derecho abarca tanto la transmisión inter-vivos, como la transmisión mortis-causa. Estamos ante una transmisión inter-vivos cuando el titular, en vida, cede libremente la titularidad de su negocio a favor de otra persona, a cambio de un precio cierto (establecido libremente por las partes). Por otro lado, la denominada transmisión mortis-causa tiene su fundamento en el fallecimiento del titular del punto de venta, el cual, vía sucesión/herencia, transmite su negocio a la persona nombrada expresamente en la “hoja de firmas” del contrato de Servicios de Gestión de Puntos de Venta (en adelante, contrato mercantil), normalmente sus sucesores legales, hijos, cónyuge, parientes, etc

  1. Transmisión inter-vivos:

Como venimos diciendo, desde que el régimen privado-mercantil comenzó a regular el régimen jurídico de los establecimientos mixtos de Loterías, se reconoce expresamente la libertad de transmisión o cesión de la titularidad del mismo. No obstante lo anterior, en el contrato mercantil, no se reconoce una libertad total y absoluta de transmisión, sino que la misma queda supeditada a la obtención de la correspondiente autorización administrativa por parte de SELAE. A estos efectos, el titular actual del punto de venta deberá dirigirse a la Delegación Comercial de su provincia para solicitar la transmisión de la titularidad del mismo a favor de otra persona. El futuro titular del negocio, reiteramos, podrá ser tanto una persona física, como una sociedad.

 Desde Loterías y Apuestas del Estado, a los efectos de otorgar la preceptiva autorización administrativa, no se exigirá causa alguna motivadora de la cesión (como decimos, la cesión es libre), únicamente se limitarán a comprobar y verificar que la persona adquirente, y futuro gestor del negocio, cumple con los requisitos jurídicos y las condiciones físicas y funcionariales recogidas en la cláusula 3 del contrato mercantil. A saber:

  • Disponibilidad y posesión del local donde se halla ubicado el establecimiento.
  • Estar en posesión de las autorizaciones administrativas, fiscales, laborales y de seguridad social necesarias para operar el punto de venta
  • Tener capacidad jurídica y de obrar
  • Haber obtenido el gestor autorización por parte de LAE para la utilización de sus Signos Distintivos (que deberán ser únicos y perfectamente diferenciables de los del resto de miembros de la Red Externa y de los de LAE- sin que exista confusión-)
  • El Punto de Venta (incluyendo Local, Personal, Materiales…) deben encontrarse en las condiciones adecuadas para la prestación del servicio de Gestión, disponiendo de los suministros (luz, agua, etc.) y los desechables (papelería, etc.) necesarios.
  • No incluir en el Punto de Venta ningún elemento que pueda perjudicar a la imagen de LAE.
  • El futuro titular deberá disponer, de manera obligatoria y a su costa, de una serie de garantías o avales, establecidas en el contrato mercantil (cláusula 3.4) a favor de LAE.
  • Y, fundamentalmente, el adquirente del receptor mixto no debe ser titular (ni llevar a cabo el control o la explotación) de otro punto de venta de Loterías. A estos efectos, el futuro titular deberá declarar mediante escrito fehaciente que no dispone de la titularidad o gestión de otro punto de venta

Como ya hemos destacado anteriormente, uno de las condiciones esenciales para adquirir el negocio, desde el punto de venta del futuro titular, es la disponibilidad de local. En este sentido, el adquirente deberá aportar a SELAE el título jurídico (contrato alquiler, escrituras de propiedad, documento cesión, etc.), que garantiza dicha disponibilidad del local. En caso de disfrutar de su uso bajo régimen de arrendamiento, el mismo debe tener una duración de, al menos, cinco años y medio.

Por otro lado, con la cesión de la titularidad del negocio se deberá mantener, de un lado, la actividad principal del establecimiento y, por otro lado, el local donde se halla ubicado el mismo. Sin perjuicio de lo anterior, el adquirente, una vez adquirida de forma efectiva la condición de nuevo titular del negocio objeto de transmisión, podrá solicitar a SELAE tanto el cambio de actividad principal, como el traslado del negocio a otro local (cambio de emplazamiento). Todo ello resulta un proceso ilógico y lento, y, en este sentido, desde FENAMIX y así lo tiene solicitado en SELAE, se quiere lograr la unificación de procedimientos de manera que se pueda solicitar el cambio de titularidad y el traslado de local conjuntamente ,al igual que el cambio de actividad principal, todo ello en el mismo expediente que se tramita el cambio de titularidad.

  1. Transmisión mortis-causa:

 En lo relativo a la transmisión mortis-causa del punto de venta Mixto, esto es, para cuando fallezca su titular, es aconsejable que el receptor, en vida, designe sucesor (sólo para Personas Físicas) del negocio en la correspondiente “hoja de firmas”, donde se habilita una cláusula para estos efectos. A falta de designación expresa de sucesor, advertimos que, en virtud de la cláusula 9.3 del contrato mercantil, SELAE podrá resolver unilateralmente el contrato, cerrando el punto de venta, si la falta de nombramiento expreso de sucesor originara una situación de interinidad que afectara a sus intereses. Si el Receptor Mixto no hizo esa designación expresa en la «hoja de firmas» y se produjese ese fallecimiento, entraría en funcionamiento el sistema de sucesión del Código Civil, en cuanto a la partición y adjudicación de la herencia del fallecido, siendo un bien del inventario de la herencia el punto de venta mixto. A los efectos anteriores, en esa partición de herencia, se tendrá en cuenta la voluntad del fallecido si otorgó testamento y, a falta de éste, lo que acuerden los herederos.

Asesoría Jurídica

FENAMIX

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NUESTRO AMIGO Y COMPAÑERO AVELINO HA FALLECIDO

on: agosto 14, 2015
NUESTRO AMIGO Y COMPAÑERO AVELINO HA FALLECIDO

avelino

Durante muchos años ha estado, como Presidente, al frente de la Asociación de Receptores Mixtos de Pontevedra (ARPOMIXPO), demostrando su dedicación, buen hacer y trabajo a favor de nuestro colectivo.

Hoy todos los compañeros estamos tristes por su pérdida, pero siempre le recordaremos.

Manifestamos todo nuestro cariño y apoyo a su familia en estos momentos de tristeza para todos.

FENAMIX

NOTA: La misa de Sepelio será mañana 15 de agosto a las 18:00h en el tanatorio de Vigo, sito en la C/ Pereiro.

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Circular: Modificación del Reglamento general sobre Inscripción de empresas y afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social

on: agosto 12, 2015
Circular: Modificación del  Reglamento general sobre Inscripción de empresas y afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social

CIRCULAR

Modificación del Reglamento general sobre Inscripción de empresas y afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social

Estimado socio:

Le comunicamos que el Real Decreto 708/2015, de 24 de Julio, ha modificado el reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, introduciendo las siguientes modificaciones:

· Se establece la obligatoriedad de comunicación del código del convenio colectivo aplicable a las empresas y a sus trabajadores.

· Se reduce el plazo para la comunicación de las variaciones de datos de empresa, comunicación del cese temporal o definitivo de la empresa y solicitudes de baja o variación de datos de afiliación de los trabajadores, que pasa a ser de 3 días.

· El plazo para la conservación de los documentos referentes a la inscripción, la filiación y las altas, bajas y variaciones de datos se establece en 4 años.

Atentamente,

Francisco Campos.

ASESORÍA JURÍDICA

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BONIFICACIÓN PARA EL TRABAJADOR AUTÓNOMO CON OBLIGACIONES FAMILIARES

on: agosto 07, 2015
BONIFICACIÓN PARA EL TRABAJADOR AUTÓNOMO CON OBLIGACIONES FAMILIARES

CIRCULAR

Bonificación para el trabajador autónomo con obligaciones familiares

Estimado socio:

La Ley 25/2015, de 28 de Julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social ha modificado la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo estableciendo una bonificación del 100 por cien para Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación.

Los trabajadores autónomos tendrán derecho, por un plazo de hasta 12 meses, a una bonificación del 100 por cien de la cuota de autónomos por contingencias comunes que resulte de aplicar a la base media que tuviera en los últimos 12 meses a la fecha en la que se acoja a esta medida, el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento establecido en el citado Régimen Especial en los supuestos establecidos por ley.

Los supuestos en los que procede la comentada bonificación son los siguientes:

a) Por cuidado de menores de 7 años que tengan a su cargo.
b) Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
c) Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.

Si su caso se enmarca en alguno de estos supuestos, indíquele al gestor de su negocio que efectúe los trámites necesarios para obtener dicha bonificación.

Atentamente,

Francisco Campos.

ASESORÍA JURÍDICA.

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CIRCULAR: MODIFICACION LEY DE REGULACION DEL JUEGO

on: agosto 05, 2015
CIRCULAR: MODIFICACION LEY DE REGULACION DEL JUEGO

CIRCULAR

Modificación Ley 13/2011, 27 de mayo, de Regulación del Juego.

Estimado socio:

Por la presente, le comunicamos que el pasado día 29 de Julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una modificación parcial de la Ley de regulación del Juego (Ley 13/2011), mediante la inclusión de una Disposición Transitoria, atinente al régimen sancionador aplicable a los puntos de ventas acogidos al régimen de derecho administrativo de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

Dicha modificación no afecta en absoluto a los puntos de ventas de nuestros asociados habida cuenta de que la totalidad de los mismos se encuentran acogidos al régimen privado-mercantil, afectando exclusivamente dicho régimen sancionador a aquellos administradores que, en su día, no se acogieron al régimen privado-mercantil permaneciendo actualmente bajo régimen administrativo.

Atentamente,

Francisco Campos.

ASESORÍA JURÍDICA.

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MODIFICACIÓN RETENCIONES IRPF JULIO 2015

on: agosto 04, 2015
MODIFICACIÓN RETENCIONES IRPF JULIO 2015

Estimado socio:

Ponemos en su conocimiento las retenciones, a efectos de IRPF, que debe aplicar a las factura que emita o reciba, desde el 12 de Julio de 2015:

a) Retenciones sobre rendimientos derivados de alquiler de locales de negocio: 19,5 %.

b) Retenciones sobre rendimientos de actividades profesionales: 15 %.

Atentamente,

Francisco Campos

ASESORIA JURIDICA.

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